En uso de sus facultades legales y constitucionales, el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, objetó de manera parcial, por inexequible, el artículo 12 del proyecto de ley 776, que modifica el Código Electoral, y por ende devolvió la iniciativa legislativa a la Asamblea Nacional.
Luego de analizar el proyecto de ley, el presidente Cortizo Cohen concluyó que el citado artículo 12, que adiciona el artículo 438-A al Código Electoral, es contrario a la Constitución Política de la República al establecer que los partidos políticos no podrán expulsar y/o revocar el mandato de los diputados por decisiones aprobadas por la mayoría de diputados de una fracción parlamentaria.
El jefe del Ejecutivo consideró que los artículos 138, 150 y 151 de la Constitución señalan que los diputados representan en la Asamblea Nacional a sus respectivos partidos políticos, que a su vez expresan el pluralismo político; además, que la Carta Magna estipula las causales de la revocatoria de mandato.
Cortizo Cohen explicó que la Constitución establece que los partidos políticos deben instaurar las causales de revocatoria de mandato en sus estatutos, previo a una elección, por lo que es prohibido expedir leyes contrarias a la letra o espíritu de la Constitución.