La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) le reitera a los pasajeros, tripulantes y dueños de embarcaciones de servicio interior, que deben de cumplir en todo momento con las medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud (MINSA) con el fin de prevenir, suprimir y mitigar la propagación del contagio por el coronavirus (COVID-19), por este motivo, solo se le estará permitiendo que las embarcaciones utilicen el 60% de su capacidad. Entre otras medidas adoptadas se encuentran:
Los tripulantes de las embarcaciones así como los pasajeros deben de contar con sus equipos de protección personal (mascarillas y protectores faciales) y utilizarlos correctamente durante toda la travesía.
Previo al embarque, la tripulación realizará la limpieza y desinfección de todas las áreas de la embarcación.
Se deberá realizar un control previo antes del embarque como la toma de temperatura. En caso de ser superior a 37,8 °C, ni tripulantes ni pasajeros podrán abordar.
Mantener el distanciamiento durante el momento de espera antes de abordar la nave.
El embarque se realizará por grupos o burbuja familiar, para evitar las aglomeraciones en las áreas de los muelles
Se mantendrá el debido distanciamiento entre los pasajeros para ello, algunos asientos estarán marcados con una X.
Si algún pasajero o tripulante presenta síntomas durante el viaje, se deberá notificar a las autoridades de salud.
Higiene de manos frecuente con agua y jabón, uso de gel alcoholado.
Desembarque controlado con distanciamiento adecuado manejo de los desechos.
Es importante que las Marinas y Propietarios de embarcaciones de Placer, sepan que los zarpes, navegación y arribos de estas naves, están sujetos a las medidas de restricción de movilidad u otra indicación que así lo comunique MINSA.
Los propietarios o capitanes de embarcaciones, deberán contar con toda su documentación vigente para poder zarpar. Asimismo, cumplir con los requisitos ya establecidos de seguridad, entre ellos: tener chaleco salvavidas, equipo de comunicación apropiado, luces de bengala, motor fuera de borda en buenas condiciones, extintor de incendios portátiles tipo ABC no menor de cuatro kilos, entre otras.
Se les recuerda que las embarcaciones con motor fuera de borda dedicadas al transporte de pasajeros, que solo podrán realizar viajes de 6:00 a.m. a 6:00 p.m.
Sigamos las medidas de bioseguridad así como las de seguridad ya acostumbradas, para salvaguardar sus vidas y la de los pasajeros. ¡No bajemos la guardia!